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Argumentos a favor del aborto

Publicado por Esteban Galisteo Gámez

Cuando hablamos de argumentos a favor del aborto, nos referimos a argumentos a favor del derecho de las mujeres a interrumpir el embarazo libremente. Nadie está a favor del aborto como nadie está a favor de los embarazos no deseados. El caso es que en la mayoría de los países industrializados, el aborto no estaba considerado un crimen hasta mediados del siglo XIX, cuando comenzaron a promulgarse leyes antiabortistas. A partir de estas leyes antiabortistas surgieron las posturas proabortistas.

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Una viñeta basada en la línea argumental de los derechos básicos de las personas.

Argumentos antiabortistas

Dos grandes argumentos justificaban la prohibición de los abortos en el siglo XIX: el primero de ellos, consistía en poner de relieve el hecho de que esta práctica era peligrosa y arriesgada para la mujer. El segundo argumento afirmaba que el feto era un ser humano desde el mismo momento de la concepción, por lo que el aborto era equiparable al asesinato. La medicina avanzó y la práctica del aborto dejó de ser peligrosa, por lo que en la actualidad los argumentos antiabortistas se basan en el segundo de los argumentos, a saber, que el feto es un ser humano desde el momento de la concepción.

Líneas argumentales a favor del aborto

Una amplia gama de argumentos pueden ser esgrimidos a favor del aborto, sin embargo, estos pueden ser clasificados en tres líneas argumentales. Nosotros hemos bautizado a cada una de estas con un nombre.

La primera estaría formado por un grupo de argumentos que hemos llamado argumentos consecuencialistas. Estos se fundamentan en las consecuencias indeseables de la prohibición de abortar. Al segundo grupo de argumentos lo hemos bautizado con el nombre de argumentos basados en los derechos de la mujer. Estos se basan en la afirmación de que la mujer tiene el derecho moral a decidir abortar. Finalmente, al tercer grupo de argumentos le hemos puesto el nombre de argumentos metafísicos: se basan en la tesis de que el feto no es una persona y, por tanto, no es sujeto de derecho.

Los argumentos consecuencialistas a favor del aborto tratan de demostrar que la prohibición de esta práctica tiene consecuencias negativas. Para la mujer porque el embarazo, de por sí, entraña un riesgo para la salud y para la vida, siendo injusto obligar a las mujeres a correr tales riesgos si no desean tener hijos. Además, muchas mujeres abortan porque no pueden mantener hijos, por lo que obligarlas a tener al bebé es imponerles una carga. Por otra parte, a nivel social y ecológico es dañino prohibir el aborto, pues tarde o temprano nos enfrentaremos a problemas de superpoblación.

Los argumentos basados en los derechos de la mujer parten del reconocimiento de una serie de derechos morales básicos de las personas, entre los que se suelen incluir el derecho a la vida, a la autodereminación, a la libertad personal y a estar libre de ser dañados. En este caso se argumenta que la prohibición del aborto viola estos derechos, incluso el derecho a la vida y a estar libre de ser dañados. En efecto, si a una mujer que desea abortar se le prohíbe hacerlo, se le está violando su derecho a estar libre de ser dañada, puesto que los embarazos suponen riesgos para la salud. Por otra parte, si muere a causa del embarazo, se habrá violado su derecho a la vida. Obsérvese que en el caso de los embarazos deseados esto no es así, puesto que la mujer desea el embarazo, por lo que no hay coerción de ningún tipo.

Finalmente, los argumentos metafísicos sostienen que el aborto no debe prohibirse sobre la base de que el feto no es una persona, por lo que no tiene derecho a la vida. Obviamente, este tipo de argumentos se esgrime en respuesta a los argumentos según los cuales el feto tiene derecho a la vida y este derecho debe prevalecer sobre otros derechos fundamentales de la madre. A estos argumentos los hemos llamado metafísicos porque la consideración moral de persona depende del estatus ontológico de la entidad en cuestión. En otras palabras, para que consideremos persona a una entidad, esta debe tener determinadas cualidades, ser de determinado tipo. Estas cualidades, dicho sea de paso, trascienden la naturaleza biológica de esa entidad. De este modo, pertenecer a la especie humana no es suficiente para ser una persona y tampoco es necesario.